Prisión perpetua para abusadores y asesinos de niños

El Congreso de la República le dio trámite del proyecto de ley que reglamenta el acto legislativo que le dio vida en la Constitución a la cadena perpetua para violadores de niños.

Ahora solo queda pendiente la sanción presidencial para que el aparato de la justicia empiece a aplicar la norma que fue aprobada por las mayorías en la plenaria del Senado de la República.

En la aprobación se aclaran algunos aspectos establecidos en la reforma constitucional en lo concerniente a la revisión que deberá hacerse de la pena perpetua a los 25 años de haber sido proferida contra algún agresor sexual.

El coordinador ponente del proyecto, el senador Miguel Ángel Pinto, aclaró que:                                dicha revisión no implicaría, bajo ninguna circunstancia, que el sentenciado pueda salir de la cárcel.

“La revisión de los 25 años no era para dejar en libertad a ninguno de los condenados, así quedo consagrado. Al momento de la revisión, si algún juez considera que se debe modificar la prisión perpetua por temas de resocialización, tendrán que aplicarse las penas establecidas en la ley que en ningún caso serán inferiores a 50 años para el caso de los delitos simples o de 60 años para el concurso de delitos punibles”, agregó.

La cadena perpetua en el país solo procederá de manera excepcional, cuando se hayan cumplido todas las circunstancias de agravación punitiva relacionadas con el acceso carnal violento contra niños, niñas y adolescentes.

Una vez, ley sea sancionada por el presidente de la República, los jueces podrán aplicar la sanción de prisión perpetua a quienes hayan cometido graves agresiones sexuales contra los menores de edad.

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